Conflictos por mascotas en zonas comunes: un reto cotidiano en propiedad horizontal
En una copropiedad del norte de Bogotá, los reclamos por el comportamiento de un perro se convirtieron en un problema recurrente. Los vecinos denunciaban ruidos constantes, olores desagradables y la presencia del animal en áreas comunes sin supervisión. La administración intentó mediar, pero ante la falta de normas claras y sanciones efectivas, los conflictos crecieron rápidamente, generando tensión entre residentes y afectando la convivencia.
Este escenario no es aislado. Dentro de la operación diaria de una copropiedad en Colombia, la presencia de mascotas en zonas comunes suele generar conflictos porque no existe un control riguroso ni consenso sobre límites. Además, el manejo inadecuado de los espacios compartidos —como parques, pasillos o zonas verdes— favorece que distintas interpretaciones y comportamientos desequilibrados provoquen roces entre propietarios. No basta con permitir la tenencia; debe existir una gestión activa que equilibre derechos y deberes.
Desde el marco legal, la Ley 675 de 2001 regula la propiedad horizontal, estableciendo que el reglamento interno debe definir los derechos, deberes y restricciones para garantizar la sana convivencia. Adicionalmente, la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía) establece obligaciones sobre el cuidado de los animales y las circunstancias bajo las cuales pueden imponerse sanciones. La responsabilidad civil por daños ocasionados por mascotas también es clara; el propietario debe responder frente a la administración y terceros si su animal causa perjuicios. Por ende, el reglamento interno debe incorporar con precisión estas disposiciones, así como protocolos en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) relacionados con riesgos para la comunidad.
Los riesgos para la copropiedad, la administración y el Consejo de Administración son significativos. La falta de control expone a la comunidad a accidentes, a la proliferación de molestias que deterioran la calidad de vida y a demandas legales que pueden afectar económicamente la administración. Adicionalmente, la ausencia de una política clara sobre mascotas puede generar conflictos internos que desgastan la gestión y afectan la reputación de la administración ante los copropietarios.
Una falla común que agrava estos conflictos es la tolerancia sin límites ni sanciones claras. Cuando la administración no actúa con criterios técnicos y jurídicos, permite que pequeños incumplimientos escalen. Otro error es olvidar la comunicación continua: no informar adecuadamente a los residentes sobre las normas y las consecuencias de no cumplirlas solo aumenta la incertidumbre y el desorden. Tampoco se puede subestimar la falta de planificación para áreas específicas destinadas a mascotas, lo cual implica que los usuarios utilicen zonas no autorizadas, aumentando las molestias.
Abordar esta problemática implica implementar acciones concretas. En primer lugar, es indispensable actualizar o crear un reglamento interno específico para mascotas, que contemple horarios, áreas permitidas, obligaciones de los propietarios y el procedimiento para reportar incidentes y aplicar sanciones. La administración debe capacitar al Consejo de Administración para que actúe con base técnica y legal, evitando decisiones arbitrarias. Además, la prevención exige diseñar y habilitar zonas de esparcimiento para animales, con señalización clara y medidas de higiene estrictas. La divulgación constante y la orientación a los residentes fortalecen la cultura de responsabilidad compartida y previenen conflictos.
No es un tema menor; la gestión de mascotas en zonas comunes es un desafío que puede convertirse en un foco de confrontación permanente si no se maneja con firmeza y criterio técnico. Esto implica que la administración, además de aplicar la normativa vigente, debe anticipar riesgos, mediar entre partes y promover un ambiente armonioso que preserve la integridad y el bienestar colectivo.
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