Políticas de Cobro de Cartera Morosa en Propiedad Horizontal

 

Las políticas tienen como objetivo establecer las condiciones de pago y los plazos para el cobro de las cuotas de propiedad horizontal y otros cargos relacionados a los servicios prestados por la administración. Es importante que la administración tenga claras éstas políticas de recaudo y que éstas sean de conocimiento de la comunidad.

 

Relaciono algunas políticas generales de recaudo y que servirán de guía:

 

Cuotas de propiedad horizontal: Las cuotas de propiedad horizontal deberán ser canceladas mensualmente dentro de los plazos establecidos por la Asamblea General. En caso de no cancelar dentro de este plazo, se aplicará un recargo sobre el valor de la cuota, más un interés moratorio mensual hasta su pago total.

 

Pagos por servicios adicionales: Los pagos por servicios adicionales, tales como parqueaderos, cuotas extraordinarias, multas por infracciones, entre otros, deberán ser cancelados dentro de los plazos establecidos y a partir de su emisión. En caso de no cancelar dentro de este plazo, se deberá aplicar un recargo sobre el valor del servicio adicional, más un interés moratorio mensual hasta su pago total.

 

Medios de pago: Los medios de pago habilitados para el pago de las cuotas y servicios adicionales deben estar establecidos y socializados previamente, se pueden usar medios como: consignación en efectivo en el Banco, transferencia electrónica o pago PSE. En el caso de las transferencias electrónicas, los comprobantes de pago deberán ser enviados por correo electrónico a la administración.

 

Comunicación de morosidad: La administración deberá informar a los propietarios mediante un correo electrónico o carta la existencia de mora en el pago de las cuotas y servicios adicionales. Asimismo, es conveniente informar sobre las consecuencias de no regularizar su situación en los plazos establecidos.

 

Suspensión de servicios: En caso de mora en el pago de las cuotas y servicios adicionales en el plazo establecido por la Asamblea, la administración se reserva el derecho de suspender los servicios prestados a la propiedad horizontal, tales como acceso a áreas comunes como salones sociales, gimnasio,  parqueadero comunal entre otros.

 

Acuerdo de pago: En caso de presentar dificultades para el pago de las cuotas y servicios adicionales en los plazos establecidos, los propietarios podrán solicitar un acuerdo de pago con la administración. Este acuerdo deberá ser formalizado mediante un documento escrito y establecer los términos y plazos de pago.

 

Proceso Jurídico: La administración podrá aplicar medidas legales en caso de incumplimiento de los términos y plazos de pago de acuerdo conforme la Ley 675 de 2001 y Reglamento de la Copropiedad.

 

 

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