Por qué los espacios comunes no se pueden usar como bodegas en Propiedad Horizontal

Uno de los problemas más comunes en la administración de copropiedades es el uso indebido de los espacios comunes por parte de los residentes. Es frecuente encontrar bicicletas amarradas a barandas, muebles viejos en los pasillos, cajas acumuladas cerca de las escaleras o elementos personales ocupando parqueaderos de visitantes. Este comportamiento, muchas veces justificado con frases como “es solo por unos días” o “no tengo otro lugar donde guardarlo”, genera serias consecuencias en materia de seguridad, convivencia y legalidad. En propiedad horizontal, los espacios comunes no son bodegas, y entender por qué es clave para mantener el orden y el respeto colectivo.

La Ley 675 de 2001 es clara al establecer que las zonas comunes deben ser utilizadas exclusivamente para el fin que fueron concebidas. Esto significa que un pasillo es para circulación, una escalera para evacuación, un parqueadero de visitantes para uso transitorio de terceros, y una terraza común para recreación, no para almacenamiento privado. La destinación de uso es una regla de convivencia obligatoria y, en muchos casos, está reforzada por el reglamento interno de cada copropiedad. Cuando se incumple, el administrador está facultado para intervenir, retirar objetos y aplicar medidas correctivas o sancionatorias.

Más allá del marco legal, usar los espacios comunes como bodegas implica una serie de riesgos reales que afectan a toda la comunidad. El más evidente es el de seguridad. Elementos acumulados en pasillos o zonas de circulación pueden obstruir rutas de evacuación en caso de emergencia, dificultar la labor de los bomberos o generar puntos de combustión ante un incendio. Este tipo de negligencia puede comprometer incluso la responsabilidad civil de la copropiedad frente a seguros o entidades de control.

En segundo lugar, el mal uso de espacios comunes deteriora la estética del conjunto y genera malestar entre vecinos. Ver colchones, canecas, bicicletas o electrodomésticos en zonas visibles no solo rompe con la imagen de orden, sino que genera conflictos entre quienes cumplen las normas y quienes no. Se crea una sensación de impunidad que da pie a nuevas transgresiones: si uno deja su sofá en el pasillo y nadie dice nada, mañana otro dejará su lavadora y pronto la zona común parecerá un trasteo colectivo permanente.

También es importante entender que permitir este tipo de prácticas abre la puerta a reclamos por trato desigual. Cuando la administración tolera el uso indebido de espacios por parte de algunos residentes, otros se sienten en derecho de hacer lo mismo. En ese momento, el administrador y el Consejo de Administración pierden autoridad y legitimidad, pues se percibe que las normas no se aplican de manera equitativa. Este tipo de tolerancia, mal entendida como “ser flexible”, termina socavando la convivencia.

Desde el punto de vista legal, cuando un residente invade un espacio común y la administración no actúa, se puede configurar una omisión administrativa. Esto significa que el administrador o el Consejo podrían ser señalados por no hacer cumplir las normas del reglamento, especialmente si el uso indebido deriva en un accidente, daño o pérdida. Incluso si el residente infractor firmó un acta de compromiso o está “autorizado verbalmente”, el riesgo no desaparece: los espacios comunes no pueden ser cedidos ni apropiados de forma individual, salvo autorización formal de la Asamblea con base en el reglamento.

Ante este panorama, es fundamental establecer protocolos claros dentro de la copropiedad. Primero, se debe informar permanentemente que está prohibido almacenar elementos personales en zonas comunes, sin excepción. Segundo, se debe advertir que la administración está facultada para retirar y disponer de dichos elementos, especialmente si representan un riesgo. Tercero, si un residente necesita una solución temporal, se puede estudiar el uso de un espacio común cerrado (como un cuarto auxiliar o bodega), pero siempre de manera documentada, con plazo definido y autorización expresa.

La pedagogía juega un rol clave. No basta con sancionar. Es necesario explicar por qué no está permitido dejar objetos en zonas comunes, qué dice la ley, qué consecuencias trae y cómo afecta a los demás. Las carteleras, comunicados, boletines virtuales y videos cortos pueden ayudar a sensibilizar a la comunidad. Muchos infractores no actúan por mala fe, sino por desconocimiento. Pero es precisamente el rol del administrador el de educar, prevenir y corregir, siempre dentro del marco legal.

Vivir en propiedad horizontal implica renunciar a ciertos privilegios individuales en favor del bien común. Eso incluye respetar los espacios compartidos, acatar las normas y entender que la comodidad personal no puede estar por encima de la seguridad y el orden colectivo. Los espacios comunes no son bodegas, ni zonas de acopio, ni bodeguitas personales de nadie. Son de todos, y cuidarlos es responsabilidad de cada uno.

¿Tienes preguntas sobre el uso correcto de los espacios comunes? Comparte este artículo con tu comunidad y sígueme para más contenido sobre propiedad horizontal, derechos, convivencia y administración responsable. Sharon Pardo Sarmiento. Ganadora de los Premios Diamante a la Mejor Administradora de Propiedad Horizontal en Colombia. Experta en gestión comunitaria, normas PH y convivencia ciudadana.

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